Seguro Desgravamen

Producto no vigente.

Características

El Seguro de Desgravamen garantiza tu tranquilidad y la de tu familia, cubriendo el saldo deudor de tu crédito en caso de muerte natural o accidental, invalidez total y permanente por accidente o enfermedad.

Coberturas

La compañía indemnizará, de acuerdo al tipo de suma asegurada, los siniestros derivados de las siguientes coberturas:

  • Muerte natural
  • Muerte accidental
  • Invalidez total y permanente por accidente
  • Invalidez total y permanente por enfermedad

 

Todo lo que necesita saber

Estás a un paso de obtener tu seguro.

¿Tienes preguntas?

Te las resolvemos aquí

    El seguro entrará en vigencia a partir del momento del desembolso del crédito y su duración guarda relación con la vigencia del crédito.

    De acuerdo con los términos del certificado de seguro, la cobertura va en función al tipo de suma asegurada, que puede ser aplicada al saldo insoluto o al monto original del crédito, por ejemplo:


    Tipo de suma asegurada    Beneficiarios
    Beneficiario    Beneficiario(s) Adicionale(s)
    Saldo Insoluto    Banco Pichincha    -
    Monto Original    Banco Pichincha    El asegurado en caso de Invalidez Total Permanente (ITP) o los Herederos Legales (*) en caso de muerte


    (*) Se podrá designar beneficiario(s) adicional(es) distintos a los Herederos Legales.

    Aplican de la siguiente manera:

    Tipo de suma asegurada

    Aplicación de cobertura

    Saldo Insoluto

    Es aplicado al saldo no pagado del capital, es decir, el saldo insoluto deudor que mantiene el Cliente a la fecha de ocurrencia del evento del asegurado, sin considerar intereses, moras, comisiones o gastos.

    Monto Original

    Es aplicado de la siguiente manera, pagando a la entidad financiera el saldo deudor a la fecha de ocurrencia del evento. Y la diferencia entre el capital prestado y el saldo deudor a la fecha de ocurrencia del evento, será pagada a los deudos del cliente por la compañía de seguros.

    • Preexistencia: condición de salud diagnosticada por un médico colegiado, antes de la contratación del seguro, y que es de conocimiento del asegurado.
    • Participación directa o indirecta del Asegurado o Beneficiario en actos negligentes, ilegales que transgredan normas reglamentarias, o constituyan delito.
    • Uso voluntario del alcohol (por encima del límite legal vigente), drogas o sustancias tóxicas. La exclusión referida al uso voluntario de alcohol, solo aplica cuando se haya producido un accidente de tránsito.
    • Lesiones inferidas a EL ASEGURADO por sí mismo o por terceros con su consentimiento (aplica sólo a la cobertura de invalidez total permanente).

    Deberás declararlo en cualquier oficina del Banco, completando el Checklist de documentos requeridos, los mismos que se detallan en el certificado del Seguro de Desgravamen, de acuerdo a la cobertura solicitada.