Tenemos estas opciones para ti

Hipotecario Tradicional, Techo Propio o Mi Vivienda

¿En qué consiste la reprogramación de tu cuota?

  • Podrás postergar el pago de las cuotas de tu préstamo hasta por 2 cuotas (en adelante “periodo de gracia”), por ejemplo:

  • En caso de que solo hayas optado por postergar una sola cuota, retomarías el pago de las cuotas de tu préstamo dentro de un mes.

  • En caso de que solo hayas optado por postergar dos cuotas, retomarías el pago de las cuotas de tu préstamo dentro de dos meses.

Producto del periodo de gracia que elijas, las cuotas podrán modificarse teniendo las siguientes situaciones:

  1. Cuotas menores a la cuota original: Se podrá reducir el valor de la cuota mensual de tu préstamo, lo que te permitirá cumplir el pago de tus cuotas, de acuerdo con tus posibilidades; pero deberás tomar en cuenta que se incrementará el número de cuotas pendientes de pago, y por ende el plazo de tu crédito aumentará.

  2. Cuotas aproximadas a la cuota original: Se buscará mantener el valor de tu cuota mensual original, es decir, la nueva cuota variará, pero se aproximará a la cuota original. Tomar en cuenta que hay un periodo de gracia determinado que elegiste previamente, que hará que se amplíe el número de las cuotas pendientes de pago.

  • Ambas facilidades de pagos antes indicadas, conllevan a que el número de cuotas de tu préstamo se incrementen como consecuencia de la aplicación de los intereses, comisiones y gastos generados durante el periodo de gracia. Al aumentar la cantidad de cuotas de tu préstamo pagarás más intereses.

  • Los cambios que se generen una vez que aceptes alguna de las facilidades antes indicadas constarán en el nuevo cronograma que se te enviará próximamente, en caso de que tu solicitud de reprogramación haya sido aceptada.

  • Sin perjuicio a lo antes indicado, te recomendamos que, si estás en la capacidad de pagar tus cuotas, continúes pagando puntualmente tu préstamo.

Requisitos mínimos:

  1. Tener calificación normal o CPP en el sistema financiero y haber tenido menos de 30 días de atrasos un mes antes de la declaratoria de emergencia.

  2. Sujeto a evaluación.

Condiciones:

  • Aplica para las reprogramaciones solicitadas desde el mes de marzo del 2023 en adelante.

  • Podrás solicitar esta nueva reprogramación, inclusive si hubieras tenido alguna reprogramación anterior, siempre y cuando cumplas con los requisitos y evaluación crediticia del Banco.

  • Las primas de los seguros asociados a tu crédito (Seguro de Desgravamen y Seguro Todo Riesgo de inmueble) que no hayan sido cobradas durante el periodo de gracia, serán cobradas por el Banco de forma independiente a tu cuota regular, por lo que deberás pagarlas hasta un plazo máximo de 90 días contados desde que se haya efectuado la reprogramación de su crédito, por lo que podrás pagarlas de forma parcial o total, pero siempre dentro del pazo antes indicado. En el caso que excediese dicho plazo, el Banco podrá cobrarte un adicional al importe de las primas de seguros adeudadas, correspondiente al concepto tasa de interés legal (calculada por el BCRP) en función a los días de atraso en el pago de las referidas primas de seguros. Si es que no cumplieses con pagar las primas de esos seguros, el Banco podrá resolverte su contrato de Crédito Hipotecario, conforme a lo pactado en el mismo.

  • Podrás efectuar el pago de las primas de los seguros antes indicados en cualquiera de las ventanillas del banco a nivel nacional y dentro del horario de atención al público, para lo cual bastará que presentes al representante financiero tu documento oficial de identidad e indiques el motivo de pago “adeudo de primas de seguros durante el periodo de gracia.”

  • El monto de tus cuotas pendientes de pago podrá variar. En la mayoría de los casos, dicho monto se reducirá; sin embargo, podría incrementarse producto de evitar la generación de una cuota adicional en tu préstamo ante variaciones por importes menores.

  • Mantendremos tu tasa de interés (TEA) como los días de pago de tu préstamo. Lo que si se modificará será tu Tasa Costo Efectiva Anual (TCEA).

  • No te cobraremos conceptos por atraso de pago o interés compensatorio vencido, mientras tu solicitud se encuentre en evaluación.

  • Podrás hacer el prepago de tu deuda en cualquier momento para reducir intereses.

  • Tu calificación crediticia no se vera afectada por hacer la reprogramación.

Restricciones:

  • No aplica a ningún convenio con instituciones.

  • No aplica para colaboradores del Banco, ni del Grupo Pichincha.

  • Aquellos clientes que no cumplan con sus obligaciones de pago y que no contacten al Banco, o que no respondan a sus comunicaciones, el Banco no se encuentra en obligación de atender nuevas solicitudes de modificación contractual de créditos.

Procedimiento:

  1. Una vez registrada tu solicitud, te notificaremos la procedencia o improcedencia de tu evaluación a través de un SMS o correo electrónico.

  2. Luego de aplicar las modificaciones solicitadas, procederemos a enviarte las nuevas condiciones y el cronograma de pago en un plazo de 15 días a través de un SMS o correo electrónico.

  3. De no requerir las modificaciones realizadas, podrás revertir o anular la operación ingresando a: https://www.pichincha.pe/setratadeti/desistir-reprogramacion/

Producto Mivivienda / Techo Propio:

  • Las condiciones de reprogramación para ambos productos se rigen por las condiciones y políticas establecidas por el Fondo Mivivienda, www.mivivienda.com.pe.


¿En qué consiste la reprogramación de tu cuota?
 

  • Podrás postergar el pago de las cuotas de tu préstamo hasta por 2 cuotas (en adelante “periodo de gracia”), por ejemplo:

  • En caso de que solo hayas optado por postergar una sola cuota, retomarías el pago de las cuotas de tu préstamo dentro de un mes.

  • En caso de que solo hayas optado por postergar dos cuotas, retomarías el pago de las cuotas de tu préstamo dentro de dos meses.

Producto del periodo de gracia que elijas, las cuotas podrán modificarse teniendo las siguientes situaciones:

  1. Cuotas menores a la cuota original: se podrá reducir el valor de la cuota mensual de tu préstamo, lo que te permitirá cumplir el pago de tus cuotas, de acuerdo con tus posibilidades; pero deberás tomar en cuenta que se incrementará el número de cuotas pendientes de pago, y por ende el plazo de tu crédito aumentará.

  2. Cuotas aproximadas a la cuota original: se buscará mantener el valor de tu cuota mensual original, la nueva cuota variará pero se aproximará a la cuota original. Tomar en cuenta que hay un periodo de gracia determinado que elegiste previamente, que hará que se amplíe el número de cuotas pendientes de pago.

  • Ambas facilidades de pagos antes indicadas, conllevan a que el número de cuotas de tu préstamo se incrementen como consecuencia de la aplicación de los intereses, comisiones y gastos generados durante el periodo de gracia. Al aumentar la cantidad de cuotas de tu préstamo pagarás más intereses.

  • Los cambios que se generen una vez que aceptes alguna de las facilidades antes indicadas constarán en el nuevo cronograma que se te enviará próximamente, en caso de que tu solicitud de reprogramación haya sido aceptada.

  • Sin perjuicio a lo antes indicado, te recomendamos que, si estás en la capacidad de pagar tus cuotas, continúes pagando puntualmente tu préstamo.

Requisitos mínimos:

  1. Tener calificación normal o CPP en el sistema financiero y haber tenido menos de 30 días de atrasos un mes antes de la declaratoria de emergencia.

  2. Sujeto a evaluación.

Condiciones:

  • Aplica para las reprogramaciones solicitadas desde el mes de marzo del 2023 en adelante.

  • Podrás solicitar esta nueva reprogramación, inclusive si hubieras tenido alguna reprogramación anterior, siempre y cuando cumplas con los requisitos y evaluación crediticia del Banco.

  • Las primas de los seguros asociados a tu crédito (Seguro de Desgravamen y Seguro Todo Riesgo de inmueble) que no hayan sido cobradas durante el periodo de gracia, serán cobradas por el Banco de forma independiente a tu cuota regular, por lo que deberás pagarlas hasta un plazo máximo de 90 días contados desde que se haya efectuado la reprogramación de su crédito, por lo que podrás pagarlas de forma parcial o total, pero siempre dentro del pazo antes indicado. En el caso que excediese dicho plazo, el Banco podrá cobrarte un adicional al importe de las primas de seguros adeudadas, correspondiente al concepto tasa de interés legal (calculada por el BCRP) en función a los días de atraso en el pago de las referidas primas de seguros. Si es que no cumplieses con pagar las primas de esos seguros, el Banco podrá resolverte su contrato de Crédito Hipotecario, conforme a lo pactado en el mismo.

  • Podrás efectuar el pago de las primas de los seguros antes indicados en cualquiera de las ventanillas del banco a nivel nacional y dentro del horario de atención al público, para lo cual bastará que presentes al representante financiero tu documento oficial de identidad e indiques el motivo de pago “adeudo de primas de seguros durante el periodo de gracia.”

  • El monto de tus cuotas pendientes de pago podrá variar. En la mayoría de los casos, dicho monto se reducirá; sin embargo, podría incrementarse producto de evitar la generación de una cuota adicional en tu préstamo ante variaciones por importes menores.

  • Mantendremos tu tasa de interés (TEA) como los días de pago de tu préstamo. Lo que si se modificará será tu Tasa Costo Efectiva Anual (TCEA).

  • No te cobraremos conceptos por atraso de pago o interés compensatorio vencido, mientras tu solicitud se encuentre en evaluación.

  • Los intereses generados durante el periodo de gracia se capitalizarán de acuerdo con el procedimiento del FMV.

  • El saldo deudor para tu reprogramación se determinará adicionalmente, por la liquidación de intereses y/o importes pendientes de pago producto de la evaluación semestral del PBP para los casos que aplique.

  • Tu premio del buen pagador (PBP) no se pierde con esta reprogramación.

  • Podrás hacer el prepago de tu deuda en cualquier momento para reducir intereses.

  • Tu calificación crediticia no se verá afectada por hacer la reprogramación.

Restricciones:

  • No aplica a ningún convenio con instituciones.

  • No aplica para colaboradores del Banco, ni del Grupo Pichincha.

  • Aquellos clientes que no cumplan con sus obligaciones de pago y que no contacten al Banco, o que no respondan a sus comunicaciones, el Banco no se encuentra en obligación de atender nuevas solicitudes de modificación contractual de créditos.

Procedimiento:

  1. Una vez registrada tu solicitud, te notificaremos la procedencia o improcedencia de tu evaluación a través de un SMS o correo electrónico, dentro del en un plazo de 7 días calendario contados desde la recepción de tu solicitud.

  2. Luego de aplicar las modificaciones solicitadas, procederemos a enviarte las nuevas condiciones y el cronograma de pago en un plazo de 15 días a través de un SMS o correo electrónico. En el caso de créditos Mivivienda que ingresan al proceso de evaluación semestral por el Premio de buen pagador, los cronogramas se entregarán en un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo con el procedimiento al proceso regular del FMV para la emisión del nuevo cronograma de pagos.

  3. De no requerir las modificaciones realizadas, podrás revertir o anular la operación ingresando a: https://www.pichincha.pe/setratadeti/desistir-reprogramacion/